Regl. 8345, art. 1.4

Alcance y Aplicación

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Cite as Reglamento Núm. 8345, Art. 1.4

Este Reglamento será aplicable a toda persona natural o jurídica que solicite, cualifique y/o participe del crédito otorgado por la Autoridad de Energía Eléctrica a pequeños comercios del centro urbano.
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