Regl. 8345, art. 2.2

Entrega de Solicitud

Length: 162 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8345, Art. 2.2

Toda solicitud de certificación deberá presentarse en el Centro de Desarrollo de Negocios al cual corresponda el municipio del pequeño comercio. La solicitud deberá presentarse en el formulario que para tales propósitos provea la CCE. Ninguna solicitud se considerará presentada hasta que el pequeño comercio provea los documentos, información o evidencia requeridos en este Reglamento en su totalidad. COMPAÑIA DE COMERCIO Y EXPORTACIÓN DE PUERTO RICO Página 4 de 7 REGLAMENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DE PEQUEÑOS COMERCIANTES DEL CENTRO URBANO PARA RECIBIR UN CRÉDITO EN LA FACTURA DE ENERGÍA ELÉCTRICA El Especialista que atienda al participante no se quedará con copia de los documentos hasta que el comerciante haya traído todos los documentos solicitados y completado la hoja de solicitud. En la medida que los recursos lo permitan la Certificación deberá ser expedida el mismo día que se completa la solicitud y se satisfagan todos los requisitos. El formulario de solicitud también estará disponible a través de nuestra página de Internet www.comercioyexportacion.com
Regl. 8345, art. 2.2: Entrega de Solicitud | Justis AI