Regl. 8346, art. XIV dup2

ESTACIONAMIENTO EMPLEADOS

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Cite as Reglamento Núm. 8346, Art. XIV dup2

1. La Gerente General o la Administración del Estacionamiento serán las únicas personas facultadas para autorizar las solicitudes de acceso a los estacionamientos. 2. El empleado interesado en obtener autorización para acceder al área de estacionamiento deberá solicitarlo por escrito a la Gerente General, anexando la siguiente documentación: a. Forma de "Solicitud de Arrendamiento de Espacio del Estacionamiento" debidamente completado y con las firmas correspondientes. Anejo 1. b. Copia de identificación del empleado o carta de la Gerente General en casos de usuarios externos (contratistas). c. Copia de la licencia del vehículo de motor para el cual quiere obtener la autorización de acceso al estacionamiento. Una vez tenga su visto bueno, el Gerente General le envía la solicitud a la Administración del Estacionamiento para el proceso que corresponda. 3. En el caso de empleados que soliciten el servicio del estacionamiento para un vehículo adicional, deberán solicitar el mismo como abonado y cumplirá con todos los procedimientos y requisitos establecidos en este documento en su ARTÍCULO XV. 11 4. La Administración del Estacionamiento, evaluará las solicitudes de acceso a los estacionamientos, en función de la disponibilidad de espacio en el estacionamiento. En caso de existir disponibilidad, la Administración del Estacionamiento autorizará el acceso y uso del estacionamiento, para lo cual realizará los siguientes pasos: a. Entregará al solicitante una carta aceptando su solicitud e indicando el área o lugar asignado. Anejo 2. b. Entregará la tarjeta de acceso, un sello engomado pre enumerado y copia de las normas del estacionamiento. Se completará un recibo y debe estar firmado por el usuario. El sello engomado tiene que se instalado en la parte superior izquierda del parabrisas del vehículo autorizado. c. Preparará un expediente con todos los documentos, recibos y será el custodio de los mismos. Se utilizará el número del sello engomado como el número referencia del expediente. 5. La persona que no concluya el trámite dentro de cinco (5) días hábiles(a partir del recibo de su carta de aceptación), es decir, que no recoja su tarjeta de acceso y firme los documentos que correspondan, se le cancelará la autorización otorgada, la misma se le notificará por escrito la cancelación. Una vez cancelada la autorización, el empleado no podrá presentar una nueva solicitud hasta después de un (1) año. 6. A cada empleado, únicamente se le podrá autorizar el uso de un estacionamiento. 7. El empleado que llegue a prestar su tarjeta de acceso para que ingrese otra persona o vehículo de motor al estacionamiento, le será cancelada de manera definitiva la autorización de acceso correspondiente. 12 8. En caso de que extravíe o se deteriore la tarjeta de acceso, el empleado deberá notificarlo inmediatamente por escrito, para que la Administración del Estacionamiento proceda otorgarle una nueva, previo completar la "Solicitud de Reposición de Tarjeta de Acceso al Estacionamiento" y al pago del costo de la tarjeta que asciende a $20.00, mas $1.40 IVU, para un total de $21.40. Anejo 3. 9. El pago deberá efectuarse en la Oficina de Finanzas, ante el Recaudador Oficial del CBA. 10. El empleado que ya no requiera el servicio de estacionamiento, tiene que notificar por escrito ante la Administración del Estacionamiento anexando la Tarjeta de Acceso que se le haya entregado. Será responsabilidad de la Administración del Estacionamiento, desactivar inmediatamente la misma. 11. En caso de venta o cambio del vehículo, el empleado removerá el sello de permiso de acceso al estacionamiento y lo colocará en el nuevo vehículo. Inmediatamente notificará a la Administración del Estacionamiento de la venta o cambio del vehículo y se procederá con el registro del nuevo vehículo. 12. En caso de reclamación por daños a un vehículo y el mismo no este debidamente registrado en los records de la Administración del Estacionamiento, la misma será NULA. 13. La Oficina de Recursos Humanos informará a la Administración del Estacionamiento cuando exista o surja una baja del personal, con la finalidad de que se verifique si la persona entregó la Tarjeta de Acceso al Estacionamiento, caso de lo contrario, se procede con la desactivación de la tarjeta de acceso y no se procesará ningún pago por concepto de licencias acumuladas hasta tanto se entregue la referida tarjeta. 13
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