Regl. 8347, art. 7.2-12
ASIGNACIÓN DE FONDOS Y SELECCIÓN DE
Length: 385 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8347, Art. 7.2-12
BECARIOS
Cada año el CEPR determinará las áreas de prioridad y los niveles
académicos que interesa se atiendan por este Programa. Para determinar las
áreas de prioridad el CEPR podrá consultar con entidades gubernamentales,
organizaciones profesionales, la empresa privada u otros.
El CEPR notificará la disponibilidad de fondos a las instituciones de
educación postsecundaria. La Beca se otorgará por año fiscal, sujeto a la
disponibilidad de fondos.
Los fondos que apruebe el CEPR para el Programa serán asignados cada
año fiscal a las instituciones y becarios participantes según el siguiente
procedimiento:
1. El CEPR determinará un porcentaje de participación para cada institución
a base de lo que su matrícula no duplicada de candidatos elegibles
reportada en la Petición de Fondos representa dentro del universo de
instituciones elegibles solicitantes y establecerá una cuota preliminar de
candidatos por institución. Esto se hará por cada área o nivel que se
haya determinado como prioridad.
2. Las instituciones someterán una lista de candidatos elegibles para cada
área o nivel que se haya determinado como prioridad a base de la
cantidad de la cuota preliminar establecida. Esta lista estará organizada
en orden descendente a partir de los estudiantes con mayor promedio
académico. La lista se acompañará con una copia de la transcripción de
14
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ÁREAS
ACADÉMICAS ESPECÍFICAS
créditos más reciente, el análisis de necesidad económica y la
certificación de elegibilidad de cada candidato. Dicha certificación de
elegibilidad será según el formato y contenido que establezca el CEPR.
3. El CEPR organizará a los candidatos en orden descendente por cada
área o nivel que se haya determinado como prioridad. Luego asignará los
fondos por candidato, según el porcentaje de necesidad que el CEPR
determinó cubrir para el año, hasta que se agoten, lo cual determinará la
lista final de becarios seleccionados con sus correspondientes cantidades
para ayuda económica. Se garantizará al menos un beneficiario nuevo
por institución elegible que haya solicitado participar del Programa.
4. El CEPR notificará a las instituciones, mediante Certificación, los becarios
seleccionados y la cantidad de ayuda asignada para el año.
5. Los beneficiarios de años anteriores constituirán la prioridad, mientras
mantengan su elegibilidad. Esto significa que los fondos disponibles para
nuevos becarios serán los restantes luego de garantizar la asignación de
cada becario activo en el Programa.