Regl. 8347, art. 7.2-17

OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

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Cite as Reglamento Núm. 8347, Art. 7.2-17

Los estudiantes que participen en el Programa de Becas para Áreas Académicas Específicas vendrán obligados a cumplir con lo siguiente: a. Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente para pagar sus costos de estudios. b. Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la institución donde se encuentra matriculado para gestionar la ayuda económica y observar la política institucional en lo referente a los procedimientos de bajas y reembolsos de costos de estudio. 17 REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ÁREAS ACADÉMICAS ESPECÍFICAS C. Cumplir con los requisitos de elegibilidad aplicables al Programa. d. Someter al CEPR o a la instititución donde cursa sus estudios la información y documentación que le sea solicitada para verificar cumplimiento con requisitos de elegibilidad para propósitos del proceso de selección, estadísticos, o de la evaluación del Programa.
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