Regl. 8347, art. 7.2-17
OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES
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Cite as Reglamento Núm. 8347, Art. 7.2-17
Los estudiantes que participen en el Programa de Becas para Áreas
Académicas Específicas vendrán obligados a cumplir con lo siguiente:
a.
Utilizar los fondos que le sean asignados única y exclusivamente
para pagar sus costos de estudios.
b.
Cumplir con los procedimientos y el calendario establecido por la
institución donde se encuentra matriculado para gestionar la ayuda
económica y observar la política institucional en lo referente a los
procedimientos de bajas y reembolsos de costos de estudio.
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REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA DE BECAS PARA ÁREAS
ACADÉMICAS ESPECÍFICAS
C.
Cumplir con los requisitos de elegibilidad aplicables al Programa.
d.
Someter al CEPR o a la instititución donde cursa sus estudios la
información y documentación que le sea solicitada para verificar
cumplimiento con requisitos de elegibilidad para propósitos del
proceso de selección, estadísticos, o de la evaluación del
Programa.