Regl. 8350, art. XIV-II
Base Legal
Length: 190 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 8350, Art. XIV-II
Se promulga este reglamento en virtud de la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, según
enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme" y de las facultades
conferidas a la Oficina de Administración de las Procuradurías (OAP) por el Artículo 6, Inciso h,
del Plan de Reorganización Núm. 1 de 22 de junio de 2011, conocido como "Plan de
Reorganización de las Procuradurías", que faculta al Administrador para: "revisar, consolidar y
aprobar los reglamentos de la totalidad de su organización, exceptuando aquellos relacionados a las
funciones particulares de las Procuradurías y en conformidad con lo dispuesto en este Plan.
Aprobará, además nueva reglamentación con el propósito de eliminar duplicaciones, fortalecer
funciones de coordinación y seguimiento, fomentar la integración e interacción de programas y
servicios, y otras medidas para lograr mayor eficiencia y efectividad en la administración de los
recursos gubernamentales y la prestación de servicios de acuerdo con la Ley Núm. 230 de 23 de
julio de 1974, según enmendada, conocida como la Ley de Contabilidad del Gobierno de
Puerto Rico, la cual establece la política gubernamental respecto al control y contabilidad de
fondos y propiedad pública.