Regl. 8351, art. XIX-X

EXPEDIENTE DE SUBASTA

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Cite as Reglamento Núm. 8351, Art. XIX-X

Para cada subasta que se celebre existirá en los archivos de la Junta, un expediente que contenga los documentos referentes a la misma. En los expedientes para las subastas, cuando se trate de compras, se incluirán los siguientes documentos: A. Requisición del solicitante, autorizada por el funcionario concernido, especificando detalladamente los requisitos que habrán de considerarse. B. Verificación de fondos disponibles para la compra o arrendamiento debidamente certificada por el Director de Presupuesto. C. Aviso o invitación a subasta. D. Pliego de términos 0 condiciones y especificaciones. E. Proposiciones recibidas. 27 F. Actas levantadas por el Secretario de la Junta durante la adjudicación, incluyendo la resolución correspondiente otorgando la buena pro. G. Cuadro analítico relacionando los renglones interesados, el precio cotizado por cada licitador y las firmas a quienes se adjudiquen los distintos productos, el cual será de utilidad a la Junta de Subastas en la adjudicación. 1. Los expedientes relacionados con la venta de propiedad mueble contendrán los siguientes documentos: a) Carta del Administrador de la OAP autorizando la venta. b) Certificación del Encargado de la Propiedad de la vida útil, uso futuro y estimado del valor real de la propiedad. c) Aviso o invitación a subasta. d) Proposiciones recibidas. e) Acta levantada por el Secretario de la Junta durante la vista que se celebre para la licitación, incluyendo la resolución de la Junta de Subastas adjudicando la buena pro. f) Certificación del Director de Finanzas haciendo constar la fecha y el número de recibo, monto del ingreso en caja y nombre del comprador. Tasación del inmueble debidamente aprobada por el Departamento de Hacienda.
Regl. 8351, art. XIX-X: EXPEDIENTE DE SUBASTA | Justis AI