Regl. 8353, art. 5-6
CUSTODIA DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES
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Cite as Reglamento Núm. 8353, Art. 5-6
El Área de Administración será responsable de custodiar el uso y manejo de los
Vehículos Oficiales del Consejo de Educación de Puerto Rico.
Se designará la oficina o unidad para el control de todo lo relativo a los vehículos
de motor. Las funciones principales de esta oficina o unidad serán:
a. Administrar, orientar, dirigir y supervisar todos los recursos humanos y
técnicos necesarios para la administración eficiente de los vehículos del
Consejo.
b. Desarrollar, preparar y mantener los datos estadísticos sobre los gastos de
gasolina, aceite y otros lubricantes para cada vehículo. Estos datos incluirán
las reparaciones, las causas que las ocasionaron, y el servicio al que están
asignados.
C. Administrar, en coordinación con el Consejo, el Programa para el
Adiestramiento de los Conductores.
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d. Implantar y administrar un Plan Anual de Inspección de Vehículos asignados
a todas las oficinas O unidades del Consejo. Dicho Plan estará encaminado
a constatar las condiciones de uso de los vehículos oficiales, y verificará el
mantenimiento preventivo que reciban los vehículos. También deberá estar
dirigido a la eficiencia, costo, rendimiento y efectividad, necesarios para la
administración eficiente de los vehículos del Consejo.
e. Desarrollar, preparar y mantener un programa dirigido al uso, cuido y
mantenimiento preventivo de los vehículos. Este programa será diseñado
por el Director del Área de Administración, y aprobado por el Director
Ejecutivo y los Consejeros. El mismo estará encaminado a reducir los costos
en la reparación y mantener los vehículos funcionando eficientemente.
f. Desarrollar, preparar y mantener, en colaboración con el Supervisor de
Servicios Auxiliares, los datos estadísticos sobre los gastos de gasolina,
aceite y otros lubricantes para cada vehículo. Estos datos incluirán las
reparaciones realizadas, las fechas, el millaje del vehículo en ese momento,
las causas y el servicio al que están asignados. Los mismos serán
registrados y analizados mediante el sistema mecanizado diseñado para
estos fines.
g. Inspeccionar y seleccionar los vehículos donados. A su vez, realizará todos
los trámites procesales para lograr su administración y uso.
h. Ofrecerá asesoramiento sobre la mejor utilización de los vehículos y
cumplimentación de los documentos de rigor.
i. Mantener los registros necesarios para el control de las asignaciones
presupuestarias autorizadas para estos gastos.
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j. Tramitar las compras de todos los vehículos de motor, piezas, accesorios
y otros materiales relacionados. Mantener un inventario de todo lo
relacionado.
k. Proveer servicios centralizados de transportación.
I. Presentar al Director del Área de Administración los informes de
accidentes en que éstos se vean involucrados, o la petición para realizar
investigaciones sobre el uso de los vehículos bajo su control.
m. Tramitar la obtención de marbetes, tablillas, inspección anual y todo lo
requerido en ley para que los vehículos bajo su responsabilidad puedan
transitar en las vías públicas.