Regl. 8353, art. 5-6

CUSTODIA DE LOS VEHÍCULOS OFICIALES

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Cite as Reglamento Núm. 8353, Art. 5-6

El Área de Administración será responsable de custodiar el uso y manejo de los Vehículos Oficiales del Consejo de Educación de Puerto Rico. Se designará la oficina o unidad para el control de todo lo relativo a los vehículos de motor. Las funciones principales de esta oficina o unidad serán: a. Administrar, orientar, dirigir y supervisar todos los recursos humanos y técnicos necesarios para la administración eficiente de los vehículos del Consejo. b. Desarrollar, preparar y mantener los datos estadísticos sobre los gastos de gasolina, aceite y otros lubricantes para cada vehículo. Estos datos incluirán las reparaciones, las causas que las ocasionaron, y el servicio al que están asignados. C. Administrar, en coordinación con el Consejo, el Programa para el Adiestramiento de los Conductores. 9 d. Implantar y administrar un Plan Anual de Inspección de Vehículos asignados a todas las oficinas O unidades del Consejo. Dicho Plan estará encaminado a constatar las condiciones de uso de los vehículos oficiales, y verificará el mantenimiento preventivo que reciban los vehículos. También deberá estar dirigido a la eficiencia, costo, rendimiento y efectividad, necesarios para la administración eficiente de los vehículos del Consejo. e. Desarrollar, preparar y mantener un programa dirigido al uso, cuido y mantenimiento preventivo de los vehículos. Este programa será diseñado por el Director del Área de Administración, y aprobado por el Director Ejecutivo y los Consejeros. El mismo estará encaminado a reducir los costos en la reparación y mantener los vehículos funcionando eficientemente. f. Desarrollar, preparar y mantener, en colaboración con el Supervisor de Servicios Auxiliares, los datos estadísticos sobre los gastos de gasolina, aceite y otros lubricantes para cada vehículo. Estos datos incluirán las reparaciones realizadas, las fechas, el millaje del vehículo en ese momento, las causas y el servicio al que están asignados. Los mismos serán registrados y analizados mediante el sistema mecanizado diseñado para estos fines. g. Inspeccionar y seleccionar los vehículos donados. A su vez, realizará todos los trámites procesales para lograr su administración y uso. h. Ofrecerá asesoramiento sobre la mejor utilización de los vehículos y cumplimentación de los documentos de rigor. i. Mantener los registros necesarios para el control de las asignaciones presupuestarias autorizadas para estos gastos. 10 j. Tramitar las compras de todos los vehículos de motor, piezas, accesorios y otros materiales relacionados. Mantener un inventario de todo lo relacionado. k. Proveer servicios centralizados de transportación. I. Presentar al Director del Área de Administración los informes de accidentes en que éstos se vean involucrados, o la petición para realizar investigaciones sobre el uso de los vehículos bajo su control. m. Tramitar la obtención de marbetes, tablillas, inspección anual y todo lo requerido en ley para que los vehículos bajo su responsabilidad puedan transitar en las vías públicas.
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