Regl. 8355, art. 2

PROPÓSITO Y ALCANCE

Length: 135 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8355, Art. 2

Se adopta la presente Regla Núm. 3 con el propósito de atemperar sus disposiciones a los cambios surgidos en las agrupaciones de las clases de seguros sujetas a exámenes para licencias emitidas por la Oficina del Comisionado de Seguros. También, esta nueva Regla elimina el período de espera de treinta (30) días establecido para que un aspirante a una licencia, que no hubiere aprobado el examen correspondiente, pueda tomar un nuevo examen para dicha licencia. Además, se dispone la facultad del Comisionado de Seguros para establecer la forma y manera en que será suministrado el examen, así como, el uso de mecanismos alternos que sustituyan el examen requerido por la Oficina. Por último, esta Regla incorpora la alternativa de utilizar medios electrónicos para notificar al aspirante la fecha, hora y sitio para tomar el examen.
Regl. 8355, art. 2: PROPÓSITO Y ALCANCE | Justis AI