Regl. 8357, art. 5.7-2.10

Elaboración de los Presupuestos

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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-2.10

En sus recomendaciones a la Procuradora, el Comité de Evaluación sugiere las cantidades que se pueden otorgar a cada institución con la recomendación de aprobación de la propuesta. Estas cantidades otorgadas responderá al total de fondos disponibles por la Agencia y que constaban en la convocatoria, a los servicios y los gastos proyectados en la propuesta, y la cantidad de fondos solicitados y aprobados a la organización, entidad gubernamental. El personal de la Procuraduría Auxiliar de Administración, en coordinación con el comité, es responsable de elaborar los dos presupuestos, e identificar partidas permitidas por ley; uno particular para cada propuesta y otro global de asignaciones por agencia. La distribución de los fondos tiene que considerar las prioridades que se han establecido para ese año y cuán bien la organización ha respondido a los requisitos de años previos. La Procuraduría Auxiliar de Administración hará una revisión minuciosa de todos los presupuestos, Reglamento para el Otorgamiento de Fondos y Donativos de la OPM 14 con la finalidad de asegurarse de que las partidas son aceptables para la agencia que nos otorga los fondos y que los cómputos son correctos. Además, determinara el número de cuenta de la que se van a pagar las subvenciones. El resultado final de esta tarea son los presupuestos individuales para cada agencia, municipio, institución u organización a las que se les haya aprobado una propuesta; y el presupuesto total que no puede ser mayor a los fondos disponibles.
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