Regl. 8357, art. 5.7-2.10
Elaboración de los Presupuestos
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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-2.10
En sus recomendaciones a la Procuradora, el Comité de Evaluación sugiere las cantidades que
se pueden otorgar a cada institución con la recomendación de aprobación de la propuesta.
Estas cantidades otorgadas responderá al total de fondos disponibles por la Agencia y que
constaban en la convocatoria, a los servicios y los gastos proyectados en la propuesta, y la
cantidad de fondos solicitados y aprobados a la organización, entidad gubernamental.
El personal de la ProcuradurÃa Auxiliar de Administración, en coordinación con el comité, es
responsable de elaborar los dos presupuestos, e identificar partidas permitidas por ley; uno
particular para cada propuesta y otro global de asignaciones por agencia.
La distribución de los fondos tiene que considerar las prioridades que se han establecido para
ese año y cuán bien la organización ha respondido a los requisitos de años previos. La
ProcuradurÃa Auxiliar de Administración hará una revisión minuciosa de todos los presupuestos,
Reglamento para el Otorgamiento de
Fondos y Donativos de la OPM
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con la finalidad de asegurarse de que las partidas son aceptables para la agencia que nos otorga
los fondos y que los cómputos son correctos. Además, determinara el número de cuenta de la
que se van a pagar las subvenciones.
El resultado final de esta tarea son los presupuestos individuales para cada agencia, municipio,
institución u organización a las que se les haya aprobado una propuesta; y el presupuesto total
que no puede ser mayor a los fondos disponibles.