Regl. 8357, art. 5.7-2.11
Notificación de la Propuesta
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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-2.11
La División de Desarrollo y Monitoreo redactará un informe detallado con información sobre el
proceso, las instituciones gubernamentales y no gubernamentales para las cuales el Comité de
Evaluación recomienda una subvención; las actividades que las mismas llevaran a cabo y como
estas cumplen con las prioridades aprobadas por la Procuradora. En el mismo también se
recomendará la cantidad de fondos a ser asignados, con una explicación sobre la distribución
de los fondos por prioridad. El producto final de este proceso es el informe de las instituciones
recomendadas y las no recomendadas.