Regl. 8357, art. 5.7-2.12
Aprobación de las Recomendaciones
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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-2.12
La Procuradora, luego de revisar el referido Informe, determinará si aprueba o no las
recomendaciones del Comité de Evaluación. Además, podrá solicitar que se revisen algunas de
las recomendaciones, la que requerirá que el Comité de Evaluación se reúna para discutir
cualquier enmienda necesaria.