Regl. 8357, art. 5.7-2.5

Requisitos para Competir en el Otorgamiento de Fondos

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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-2.5

Toda entidad interesada en competir para el otorgamiento de los fondos deberá cumplir con los siguientes requisitos: Tener un Reglamento Interno aprobado. Las entidades organizadas bajo la Ley de Núm. 144 de 10 de agosto de 1995, según enmendada, conocida como Ley General de Corporaciones de 1995, deberán incluir en su reglamento disposiciones específicas que establezcan que la Junta de Directores(as) deberá reunirse al menos cuatro (4) veces al año y presentaran las minutas, que así lo acrediten. Presentar un Manual de Procedimientos de Contabilidad. D. Proveer una minuta, resolución o certificación donde se establezca la legitimidad o autoridad de los(as) funcionarios(as) para representar o actuar a nombre de la entidad, incluyendo, sin limitarse, a: firmar contratos u otros documentos. E. Contar con un sistema detallado para contabilizar ingresos y gastos. La entidad receptora de una cantidad mayor de cincuenta mil dólares ($50,000.00) deberá contar con un sistema integrado de contabilidad. F. Las entidades deberán tener un registro acumulativo de licencias por vacaciones y por enfermedad de su personal. G. Las entidades gubernamentales que conceden tiempo compensatorio deberán tener registros acumulativos para asegurar la corrección y la equivalencia del tiempo acumulado y disfrutado. H. Las entidades deberán tener un Manual de Personal, que incluya como mínima las normas relacionadas a conducta, asistencia, disciplina, licencia y tiempo compensatorio. De tratarse de una entidad privada deberá cumplir con la Ley Núm. 148 de 30 de junio de 1969, según enmendada, conocida como Ley de Bono de Navidad. Reglamento para el Otorgamiento de Fondos y Donativos de la OPM 11
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