Regl. 8357, art. 5.7-3.2

Solicitud de Donativos

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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-3.2

La persona o entidad que interese solicitar algún donativo deberá hacerlo por escrito a la Procuradora, en un documento redactado a doble espacio, con márgenes de una (1) pulgada, que no exceda de tres (3) páginas y contenga la siguiente información: a. El nombre de la persona o entidad solicitante. b. Una descripción de la actividad, su propósito y el beneficio que ofrece a las mujeres. C. La cantidad solicitada. d. El tiempo estimado en que utilizará el donativo. e. Una cotización detallada del costo de la actividad, servicio o equipo que utilizará. La solicitud deberá someterse con al menos cuarenta y cinco días (45) de anticipación a la fecha en que se necesite el donativo. Dicha solicitud podrá entregarse personalmente en las facilidades de la OPM o enviarse a través del servicio postal a la siguiente dirección: P.O. Box 11382, Estación Fernández Juncos, San Juan, Puerto Rico 00910-1382.
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