Regl. 8357, art. 5.7-3.2
Solicitud de Donativos
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Cite as Reglamento Núm. 8357, Art. 5.7-3.2
La persona o entidad que interese solicitar algún donativo deberá hacerlo por escrito a la
Procuradora, en un documento redactado a doble espacio, con márgenes de una (1) pulgada,
que no exceda de tres (3) páginas y contenga la siguiente información:
a. El nombre de la persona o entidad solicitante.
b. Una descripción de la actividad, su propósito y el beneficio que ofrece a las mujeres.
C. La cantidad solicitada.
d. El tiempo estimado en que utilizará el donativo.
e. Una cotización detallada del costo de la actividad, servicio o equipo que utilizará.
La solicitud deberá someterse con al menos cuarenta y cinco dÃas (45) de anticipación a la fecha
en que se necesite el donativo. Dicha solicitud podrá entregarse personalmente en las
facilidades de la OPM o enviarse a través del servicio postal a la siguiente dirección:
P.O. Box 11382, Estación Fernández Juncos, San Juan, Puerto Rico 00910-1382.