Regl. 8358, art. 1.3
Declaración de propósitos
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Cite as Reglamento Núm. 8358, Art. 1.3
Este Reglamento tiene el propósito de establecer el uso de los sistemas de información,
con el fin de asegurar la integridad y exactitud de la propiedad e información de la Oficina,
MAr
protegiéndola contra la divulgación, modificación y la destrucción no autorizada o
accidental.
Los equipos de computadoras, los programas ("software"), así como la información
contenida en el banco de datos ("network") son propiedad de la Oficina del Contralor
Electoral.