Regl. 8359, art. 2

PROPÓSITO Y APLICABILIDAD

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Cite as Reglamento Núm. 8359, Art. 2

La Junta de Síndicos del Sistema de Retiro de los Empleados de Gobierno y del Sistema de Retiro de la Judicatura (Junta) enmienda el Reglamento para la Concesión de Préstamos Personales y de Viaje Culturales, Número 8054, vigente para añadir el Artículo 9A, y adopta estas enmiendas al Reglamento con el propósito de establecer las normas que regirán la Concesión de Préstamos Personales y para Viajes Culturales a los participantes y pensionados del Sistema de Retiro de los Empleados de Gobierno y el Sistema de Retiro de la Judicatura.
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