Regl. 8364, art. 1.3

Propósito

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Cite as Reglamento Núm. 8364, Art. 1.3

Este Reglamento establece las normas a seguir por la Oficina del Contralor MAr Electoral en la contratación de servicios profesionales y consultivos. Tiene como propósito además, establecer el Código de Ética que regulará la conducta de los contratistas que provean servicios profesionales y consultivos a la Oficina y de toda persona o grupos de personas que interesen entablar una relación contractual con la Oficina para la prestación de este tipo de servicio. Mediante la promulgación de estas normas, se garantiza el cumplimiento con las directrices administrativas y disposiciones legales que rigen el proceso de contratación de esta Oficina y se contribuye con la 1 transparencia e integridad en los procesos de contratación de servicios profesionales y consultivos, garantizando así el uso adecuado y eficiente de los recursos públicos.
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