Regl. 8364, art. 2.3
Documentos que debe proveer el contratista
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Cite as Reglamento Núm. 8364, Art. 2.3
Previo a la otorgación del contrato, cuya cuantÃa máxima exceda de
dieciséis mil (16,000) dólares anuales, el contratista deberá remitir a la
MAY
Oficina del Contralor Electoral los siguientes documentos:
1. Certificación Negativa de Deuda o plan de pago al dÃa expedida por el
Departamento de Hacienda y Certificación de Radicación de Planillas de
Contribución sobre Ingresos;
2. Certificación Negativa de Deuda 0 plan de pago al dÃa de la Administración
para el Sustento de Menores (ASUME), o Certificación de Estado de
Cumplimiento si es una persona jurÃdica;
3. Certificación Negativa de Deuda 0 plan de pago al dÃa del Centro de
Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM);
4. Certificado de Antecedentes Penales expedido por la PolicÃa de Puerto Rico;
5. Número de licencia que autoriza el ejercicio de la profesión, cuando dicha
licencia es requerida para ejercer la misma;
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6. Cuando la entidad contratada sea una corporación deberá someter el
Certificado de Existencia 0 de autorización para hacer negocios en Puerto
Rico y Certificado de Buena pro (Good Standing) que garantice que la
corporación cumplió con enviar sus informes corporativos anuales al
Departamento de Estado y está al dÃa en sus asuntos con dicho
Departamento;
7. Certificación de Registro como Patrono y de Deuda por concepto de Seguro
por Desembolso por Incapacidad. Si el contratista no es patrono, la
certificación debe indicar que la persona no está registrada como patrono y
por ende no tiene deuda por concepto de Seguro por Desembolso por
Incapacidad;
8. Certificación de Registro como Patrono y de Deuda por Concepto de Seguro
Choferil. Si el contratista no es patrono, la certificación debe indicar que la
persona no está registrada como patrono y por ende no tiene deuda por
Concepto de Seguro Choferil;
9. Copia de Certificado de Registro de Comerciantes; y
10. Cualquier otra información relevante que la Oficina del Contralor Electoral
entienda necesaria requerir.