Regl. 8364, art. 2.5
Deberes del Director de Administración, Finanzas y Presupuesto de
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Cite as Reglamento Núm. 8364, Art. 2.5
la Oficina del Contralor Electoral
El Director de Administración será el custodio de los documentos originales
de los contratos y mantendrá registro de los contratos formalizados.
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Será responsable de cumplir con la ley, reglamentos y las cartas circulares
emitidas por la Oficina del Contralor de Puerto Rico sobre el registro de
contratos, escrituras y documentos relacionados.