Regl. 8364, art. 3.1 dup2
Principios Éticos
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Cite as Reglamento Núm. 8364, Art. 3.1 dup2
Todos los empleados, funcionarios, contratistas, proveedores de bienes y
servicios de la Oficina del Contralor Electoral tienen la obligación de ceñirse
al estricto cumplimiento de la ley, normas que rigen su actividad y a los
principios y valores éticos. Estos deben tener el compromiso de tomar las
MAr
acciones necesarias para proteger y garantizar el cumplimiento de las
políticas promulgadas y establecidas por la Oficina del Contralor Electoral e
informar sobre cualquier acto que atente contra los principios y valores
éticos.
Para fines de este Reglamento el término valores éticos será: respeto,
imparcialidad, puntualidad, responsabilidad, ética, solidaridad, honestidad,
transparencia, sentido de pertenencia y compromiso institucional, entre
otros.
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TÍTULO IV CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDADES DE LOS CONTRATISTAS DE
SERVICIOS PROFESIONALES Y CONSULTIVOS