Regl. 8364, art. 3.1 dup2

Principios Éticos

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Cite as Reglamento Núm. 8364, Art. 3.1 dup2

Todos los empleados, funcionarios, contratistas, proveedores de bienes y servicios de la Oficina del Contralor Electoral tienen la obligación de ceñirse al estricto cumplimiento de la ley, normas que rigen su actividad y a los principios y valores éticos. Estos deben tener el compromiso de tomar las MAr acciones necesarias para proteger y garantizar el cumplimiento de las políticas promulgadas y establecidas por la Oficina del Contralor Electoral e informar sobre cualquier acto que atente contra los principios y valores éticos. Para fines de este Reglamento el término valores éticos será: respeto, imparcialidad, puntualidad, responsabilidad, ética, solidaridad, honestidad, transparencia, sentido de pertenencia y compromiso institucional, entre otros. 13 TÍTULO IV CÓDIGO DE ÉTICA Y RESPONSABILIDADES DE LOS CONTRATISTAS DE SERVICIOS PROFESIONALES Y CONSULTIVOS
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