Regl. 8368, art. 12
INSPECCIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE LOS PARTICIPANTES
Cite as Reglamento Núm. 8368, Art. 12
Los expedientes de los participantes serán de naturaleza confidencial según
reconocido en nuestro Ordenamiento JurÃdico y será deber del proveedor y sus
funcionarios a cargo, salvaguardar esa confidencialidad.