Regl. 8390, art. 1
AUTORIDAD LEGAL
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Cite as Reglamento Núm. 8390, Art. 1
Los poderes del Secretario de DACO para la adopción del presente reglamento emanan del
ArtÃculo 6 (g) de la Ley Núm. 5 de 23 de abril de 1973, según enmendada, conocida como "Ley
Orgánica del Departamento de Asuntos del Consumidor; la Sección 2.1 de la Ley Núm. 170
de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento
Administrativo Uniforme"; y las secciones 1 y 3 de la Ley Núm. 40 de 1 de mayo de 1945,
según enmendada.