Regl. 8393, art. 6.5
Política de Realojo
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Cite as Reglamento Núm. 8393, Art. 6.5
En aquellos casos en que el solicitante O su familia no puedan permanecer en la
unidad de vivienda mientras es realizada la rehabilitación, el solicitante será
responsable de los gastos de su realojo. En ningún caso, el Departamento
vendrá obligado a ofrecer alternativas O servicios de realojo al solicitante, ni
cubrir tales gastos. La cuantía autorizada para propósitos de rehabilitación no
podrá ser utilizada para el proceso de realojo.
De ser necesario el realojo del solicitante O su familia mientras se realizan las
mejoras, y el solicitante no poder realojarse, éste no será elegible para el
Programa.