Regl. 8393, art. 6.5

Política de Realojo

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Cite as Reglamento Núm. 8393, Art. 6.5

En aquellos casos en que el solicitante O su familia no puedan permanecer en la unidad de vivienda mientras es realizada la rehabilitación, el solicitante será responsable de los gastos de su realojo. En ningún caso, el Departamento vendrá obligado a ofrecer alternativas O servicios de realojo al solicitante, ni cubrir tales gastos. La cuantía autorizada para propósitos de rehabilitación no podrá ser utilizada para el proceso de realojo. De ser necesario el realojo del solicitante O su familia mientras se realizan las mejoras, y el solicitante no poder realojarse, éste no será elegible para el Programa.
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