Regl. 3293, art. 3 dup3
Regl. Los procedimientos del Cómite de Arbitraje Deportivo
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Cite as Reglamento Núm. 3293, Art. 3 dup3
El recurso de revisión se formalizará presentando una
solicitud en la Secretaría del Tribunal en la cual se expondrán
los fundamentos en que se apoya la solicitud de revisión. Radicado el recurso, el peticionario deberá notificar el mismo al
Secretario dentro de un término de cinco (5) días a partir de
su radicación.