Regl. 3293, art. 3 dup3

Regl. Los procedimientos del Cómite de Arbitraje Deportivo

Length: 53 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 3293, Art. 3 dup3

El recurso de revisión se formalizará presentando una solicitud en la Secretaría del Tribunal en la cual se expondrán los fundamentos en que se apoya la solicitud de revisión. Radicado el recurso, el peticionario deberá notificar el mismo al Secretario dentro de un término de cinco (5) días a partir de su radicación.
Regl. 3293, art. 3 dup3: Regl. Los procedimientos del Cómite de Arbitraje Deportivo | Justis AI