Regl. 8397, art. 12-12.1

Escrito de Impugnación por institución adversamente afectada

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Cite as Reglamento Núm. 8397, Art. 12-12.1

5 El Escrito de Impugnación deberá estar suscrito por el principal funcionario de la institución, 0 su representante autorizado, e indicará el nombre y dirección de la institución, incluirá copia de la determinación del Consejo que se impugna y especificará cuales son los hechos y los fundamentos de derecho que dan lugar a la impugnación, así corno el remedio que se solicita.
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