Regl. 8398, art. 2

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Cite as Reglamento Núm. 8398, Art. 2

Este Reglamento se promulga en virtud de la autoridad conferida a la Administración de Seguros de Salud por el apartado (g) de la Sección 4 y el apartado (a) de la Sección 9 de la Ley Núm. 95, aprobada el 29 de junio de 1963, según enmendada, (Ley de Beneficios de Salud para Empleados Públicos), el Plan de Reorganización Núm. 3 del Año 2010, la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, (Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme para el Estado Libre Asociado de Puerto Rico), y el Boletín Administrativo OE 2013-010 del Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
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