Regl. 8400, art. 5 dup2
ORGANIZACIÓN DE LOS PROCESOS DE COMPRAS
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Cite as Reglamento Núm. 8400, Art. 5 dup2
5.1.
Responsabilidades de la Sección de Compras de la División de Servicios
Generales
a.
Mantener un control de las órdenes de compras y contratos
relacionados con los artículos, los materiales, los equipos O
los servicios no profesionales recibidos y pendientes de recibir, de las
obras realizadas y de los pagos efectuados contra dichas órdenes y
servicios.
b.
Planificar las compras anualmente, incluidas las que se harán por
subasta, que se notifican a la Junta de Subastas.
c.
Además, desarrollará los procedimientos operacionales y redactará los
documentos internos que sean necesarios para la planificación
adecuada de las compras.
up
d.
Mantener un expediente para cada proveedor, que contenga
información sobre la experiencia que la Oficina haya obtenido en las
órdenes de compras y en los contratos que le hayan sido otorgados con
anterioridad. Esto, incluye el desempeño o incumplimiento presente y
pasado en relación con la entrega 0 el funcionamiento adecuado de los
artículos, los materiales, los equipos recibidos, 0 la calidad de los
servicios no profesionales recibidos y de las obras realizadas por los
contratistas y los proveedores de bienes y servicios no profesionales,
incluye información sobre licitadores que hayan incumplido con los
términos de alguna subasta. Esta última información la compartirá con
la Junta de Subastas.
e.
Revisar las solicitudes de compras para verificar que las mismas
incluyan la descripción 0 las especificaciones de los bienes 0 servicios;
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que estén autorizadas por el director de la oficina peticionaria
correspondiente, o su representante autorizado; y que incluyan
cualquier otra información necesaria para poder continuar con el
proceso de compras.
f.
Preparar y mantener al día un Registro de Licitadores Cualificados de
los artículos, los materiales, los equipos, las obras y los servicios no
profesionales, conforme se dispone en el Artículo 5.2 de este
Reglamento.
g.
Recibir las requisiciones previamente enumeradas, obtener la debida
autorización de fondos y las firmas de aprobación correspondientes
mediante medio electrónico.
h.
Solicitar cotizaciones a los diferentes proveedores de acuerdo a los
you
procesos de mercado abierto y subasta informal.
i.
Completar un registro de cotizaciones por cada compra, donde se
resuman las cotizaciones recibidas y que se certifique por el
Supervisor de Compras.
j.
Entregar a todo proveedor o contratista que interese someter una
propuesta por escrito el formulario de certificación de cumplimiento
con el Código de Ética para Contratistas y Proveedores (Código de
Ética) de la Oficina, que se requiere por el Artículo 15 de este
Reglamento, y copia del referido Código.
k.
Preparar la orden de compra y enviarla al proveedor 0 contratista,
luego de asegurarse de haber recibido de éste la certificación de
cumplimiento con el Código de Ética de la Oficina firmada.
1.
Asegurar que la cantidad total de la adquisición no exceda la cantidad
de fondos aprobados.
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m.
Establecer e implantar un sistema de seguimiento de la entrega de
mercancía para asegurarse de que se cumpla con los términos de
entrega negociados.
n.
Preparar las especificaciones para todas las compras, incluidas las que
se hagan por subasta formal. Sin embargo, cuando la preparación de
las mismas requiera conocimientos especializados que no estén
disponibles en la Oficina, debido a la naturaleza de la compra, esto se
le notifica al Director de la División de Servicios Generales para que le
notifique el asunto a la Contralora y se tomen las medidas que
correspondan.
O.
Cualquier otra función que le confiera la Contralora, por conducto del
Director de la División de Servicios Generales.
p.
Aceptar 0 rechazar cualquier partida, grupo 0 grupos de partidas de
yru
cualquier oferta 0 de varias ofertas, así como ordenar cantidades
menores a las establecidas según convenga a los mejores intereses de
la Oficina por conducto del Supervisor de Compras, siempre que las
ofertas no hayan sido condicionadas por los licitadores a una
aceptación distinta. También, puede agrupar partidas al adjudicar la
subasta formal 0 informal cuando así se estime conveniente.
5.2.
Registro de Licitadores Cualificados
Se crea un Registro de Licitadores Cualificados, en el cual debe inscribirse
aquel proveedor de artículos, materiales, equipos, obras o servicios no
profesionales que interese participar en cualquier proceso de compras que
efectúe la Oficina. Para ingresar al Registro de Licitadores Cualificados de la
Oficina, los proveedores deben presentar una vez al año los siguientes
documentos:
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Certificación de radicación de planillas contributivas y certificación de
deuda contributiva o certificación de estar acogido a un plan de pago con el
Departamento de Hacienda.
Copia del Certificado de Registro de Comerciante.
Certificación de deuda por concepto de contribución sobre la propiedad.
Certificación de deuda emitida por el Departamento del Trabajo del Seguro
por Incapacidad y Desempleo, y Certificación de Deuda del Seguro Social
para Choferes, según aplique.
Certificación de pago de póliza al Fondo del Seguro del Estado, si aplica y
certificación de deuda.
En los casos de una corporación, debe presentar los estados financieros
you
compilados para el último afio, si aplica. Si lo entiende necesario, la
Oficina puede requerir que dichos estados sean auditados.
Certificado de la incorporación 0 autorización para hacer negocios en
Puerto Rico emitidos por el Departamento de Estado y certificado de
buena pro (good standing), si aplica.
Copia de la patente municipal y cualquier licencia 0 permiso para operar el
negocio.
Certificado de deuda por concepto de pensión alimentaria expedido por la
Administración para el Sustento de Menores, si aplica.
En aquellos casos en que sea necesario, el proveedor debe presentar copia
de las pólizas de seguros que sean requeridas para brindar el servicio (por
ejemplo, en el caso de proyectos de construcción).
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Cuando lo considere necesario, la Oficina puede requerir información
adicional incluida, pero sin limitarse a, estados financieros, referencias
bancarias y comerciales, experiencia y años de servicio, lista de contratos
otorgados con los gobiernos estatales y municipales, entre otros.
Los requisitos del Registro de Licitadores Cualificados descritos en este
Artículo no son de aplicación a las compras por Internet siempre que éstas
ocurran un máximo de dos (2) veces al año, y cada una de ellas sea por una
cantidad no mayor de veinte mil dólares ($20,000.00). Sin embargo, el límite
de adquisición anual antes indicado no aplica cuando la compra envuelva
libros, subscripciones, membresías y programas de computadoras. Tampoco se
exige en las compras a cadenas de tiendas locales 0 firmas multinacionales, las
cuales sólo tienen que someter el Certificado de Incorporación 0 la
autorización para hacer negocios en Puerto Rico y la certificación de buena pro
(goodstanding). emitido por el Departamento de Estado, lo que sea aplicable.
you
Asimismo, el registro no es aplicable a la compra de pasajes y estadías para
propósitos oficiales.
Los requisitos dispuestos en este Artículo, tampoco serán de aplicación en los
procesos de compras que requieren la adquisición a proveedores que
certifiquen que son distribuidores exclusivos 0 cuando el artículo 0 los
servicios no se consiguen con algún otro proveedor.
La Oficina puede relevar de los requisitos impuestos en este Artículo a
aquellos proveedores que estén suscritos al Registro Único de Licitadores
establecido por la ASG. En estos casos, es necesario que sometan el
Certificado de Elegibilidad expedido por la ASG y que acepten cumplir con el
Código de Ética establecido en este Reglamento.
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El Supervisor de Compras, previa autorización de la Contralora, puede eximir
a un proveedor de la presentación de algunos documentos requeridos en este
Artículo. Dicha autorización debe constar por escrito y formar parte del
expediente del proveedor.
Si un proveedor incumple con los términos de la transacción de compra u
ofrece un mal servicio a la Oficina, su nombre puede ser retirado del Registro
de Licitadores Cualificados. La razón de la determinación debe constar por
escrito y formar parte del expediente del proveedor.
5.3.
Solicitudes de Compras
Las oficinas peticionarias son responsables de preparar las solicitudes de
compras. Las mismas deben incluir especificaciones que permitan establecer
competencia entre varios suplidores y marcas. Además, se debe señalar el
propósito y el uso específico de los artículos, los materiales, los equipos, las
act
obras 0 los servicios no profesionales solicitados y cualquier otra característica
especial que requiera una evaluación basada en criterios específicos. Dichas
solicitudes se radican con suficiente antelación, de manera que no exista
conflicto con el tiempo razonable requerido para la notificación, la
publicación, el estudio, la adjudicación y la entrega de los artículos,
los materiales 0 los equipos, la realización de obras 0 la prestación de servicios
no profesionales.
En aquellas situaciones en que no se puedan someter con la solicitud de
compras especificaciones que permitan amplia competencia, se acompaña la
solicitud de compras con una justificación que señale las razones que hacen
indispensable que la compra se efectúe de determinada marca o con
determinada característica en especial, de manera que si el planteamiento así lo
justifica, se pueda efectuar la compra como única fuente de abasto.
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Las solicitudes de compras de artículos, equipos, materiales, servicios no
profesionales o la realización de obras son aprobadas por el director de la
división que las origina o por los representantes autorizados por la Contralora.
La Sección de Compras de la Division de Servicios Generales las tramita para
la autorización de la Contralora 0 su representante autorizado, de ser necesario.
Las solicitudes y cualquier proceso de compras, incluidos los formularios
relacionados con los mismos, se pueden llevar a cabo por medios electrónicos
siempre y cuando no exista impedimento legal alguno. En tal caso se deben
tomar las medidas que sean necesarias para garantizar la seguridad del medio
electrónico a utilizarse.
El Supervisor de Compras 0 su representante autorizado será responsable de
recibir todas las solicitudes de compras y de determinar el mecanismo de
compras apropiado. Si la compra es de ciento cincuenta mil dólares con un
nm
centavo ($150,000.01) en adelante, el Supervisor de Compras por conducto del
Director de la División de Servicios Generales o su representante autorizado
solicitará a la Junta de Subastas la acción correspondiente. Las oficinas
peticionarias no pueden realizar dicha tarea.
Todo funcionario de la Oficina autorizado a solicitar 0 aprobar la adquisición
de artículos, equipo, materiales, servicios no profesionales y la realización de
obras, se guía por criterios de necesidad, utilidad y austeridad.
Se aprueba solo la adquisición de artículos, equipos, materiales 0 servicios no
profesionales y se autoriza la realización de obras, que sean estrictamente
necesarias para las actividades para las cuales han de adquirirse.
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