Regl. 8405, art. 7

TÉRMINO PARA SOLICITAR EL BENEFICIO DE REPRESENTACIÓN

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Cite as Reglamento Núm. 8405, Art. 7

LEGAL BAJO LA LEY NÚM. 104 (a) El solicitante del beneficio de representación legal bajo la Ley Núm. 104 deberá presentar su solicitud dentro del término de diez (10) días calendario, contados a partir de la fecha en que fue emplazado en la causa de acción para la cual solicita representación legal. Dicho término será de cumplimiento estricto. No obstante, el mismo se entenderá interrumpido de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 5(d). (b) El término de diez (10) días calendario dispuesto en el inciso (a) de este Artículo podrá ser extendido sólo si el solicitante demuestra de manera clara y convincente, y a satisfacción del Departamento de Justicia, que existe una justificación legítima y válida para la dilación en la presentación de la solicitud.
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