Regl. 8405, art. 7
TÉRMINO PARA SOLICITAR EL BENEFICIO DE REPRESENTACIÓN
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Cite as Reglamento Núm. 8405, Art. 7
LEGAL BAJO LA LEY NÚM. 104
(a) El solicitante del beneficio de representación legal bajo la Ley Núm. 104 deberá
presentar su solicitud dentro del término de diez (10) dÃas calendario, contados a partir de
la fecha en que fue emplazado en la causa de acción para la cual solicita representación
legal. Dicho término será de cumplimiento estricto. No obstante, el mismo se entenderá
interrumpido de acuerdo a lo dispuesto en el ArtÃculo 5(d).
(b) El término de diez (10) dÃas calendario dispuesto en el inciso (a) de este ArtÃculo
podrá ser extendido sólo si el solicitante demuestra de manera clara y convincente, y a
satisfacción del Departamento de Justicia, que existe una justificación legÃtima y válida
para la dilación en la presentación de la solicitud.