Regl. 8411, art. I-C
Propósito
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Cite as Reglamento Núm. 8411, Art. I-C
La promulgación de este Reglamento tiene el propósito de armonizar los
procedimientos administrativos de la Autoridad en la adjudicación formal de
querellas, controversias o planteamientos ante su consideración donde se definan
derechos y deberes legales de las partes en controversia, excepto aquellos
particularmente reglamentados por una disposición contractual 0 ley especial.
Artículo D: Aplicabilidad
Este Reglamento es de aplicación a todos los procedimientos formales de
adjudicación ante la Autoridad, excepto aquellos procedimientos voluntarios de
resolución de disputas establecidos por ley, reglamento, disposición contractual 0
ley especial. Los procedimientos de querellas de empleados y los disciplinarios, así
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como los cubiertos por los convenios colectivos no están incluidos ni cualesquiera
otros que regulen procedimientos internos de resolución de disputas.
Artículo E: Términos Utilizados
La palabra utilizada en singular incluye el plural y viceversa. Además, el género
masculino incluye el femenino y viceversa.