Regl. 3310, art. 12-14

Registros

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Cite as Reglamento Núm. 3310, Art. 12-14

El asegurador de servicio deberá mantener registros completos y separados de toda las transacciones de negocio, incluyendo copia de todas las pólizas y endosos emitidos a nombre del Sindicato.
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