Regl. 3310, art. 12-16
Terminación del Sindicato
Length: 57 wordsOfficial source
Cite as Reglamento Núm. 3310, Art. 12-16
El Sindicato dejará de expedir pólizas de clasificaciones
elegibles el 31 de diciembre de 1986. No obstante, el término de
tales pólizas será aquel que dispone el artículo 8(e). Cualquier
obligación incurrida por el sindicato no será afectada por el
-8-
dejar de expedir pólizas y el Sindicato continuará con el
propósito de cumplir con tales obligaciones.