Regl. 8424, art. 4 dup2

Radicación Electrónica:

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Cite as Reglamento Núm. 8424, Art. 4 dup2

a. El Administrador aprobará las normas, términos y condiciones para el uso del Portal y Servicios en Línea del Sistema. b. Cuenta de Usuario El solicitante deberá: 1. Crear una cuenta de usuario en la página de Servicios en Línea del Sistema. 2. Será necesario que el solicitante cuente con un correo electrónico y complete toda la información necesaria para crear y validar la cuenta de usuario. 3. El solicitante debe leer y aceptar los términos y condiciones del uso de Servicios en Línea. Para poder completar una solicitud electrónica, será necesario que el solicitante active su cuenta. c. Completar la solicitud electrónica El solicitante deberá: 1. Recibir su pago de nómina directamente a través de Recursos Humanos Mecanizados (RHUM) del Departamento de Hacienda, o de una institución o sistema autorizado por la Administración de Sistemas de Retiro para llevar a cabo este tipo de transacción. 2. Utilizar la herramienta de Préstamos en Línea e indicar la cuantía del préstamo, los términos de pago, aceptar las 2 condiciones y en caso de tener un préstamo personal activo, el mismo será saldado con el nuevo préstamo. 3. En aquellos casos que la Administración lo requiera, el solicitante tendrá que someter información adicional o documentos para completar la solicitud. Una vez el solicitante complete todos los pasos del proceso de solicitud y acepte los términos y condiciones del préstamo, ello tendrá el efecto de una Firma Electrónica. d. Atribución y efectos de documentos electrónicos y firmas electrónicas: Un documento electrónico o firma electrónica será atribuible a determinado solicitante si existe por actuación de dicha persona. El acto podrá ser probado de cualquier manera, incluyendo mediante una demostración de la eficacia de cualquier procedimiento de seguridad utilizado para identificar a la persona a quien el documento electrónico o firma electrónica sea atribuible. El efecto de un documento electrónico o firma electrónica atribuible a un solicitante se determinará del contexto y circunstancias de su creación, ejecución o adopción y de conformidad con cualquier otra ley aplicable. e. Transacciones automatizadas: La otorgación de los Préstamos en Línea es un proceso de transacciones automatizadas. En estos procesos, la interacción del solicitante es con agentes electrónicos o programación para la otorgación de préstamos, sin necesidad que una persona revise las actuaciones de los agentes electrónicos o los términos y condiciones resultantes de la transacción. El solicitante tiene plena libertad de negarse a ejecutar las transacciones electrónicas y entiende que de completar todo el proceso de solicitud, resultará en que el agente electrónico formalice la transacción de préstamo personal y que el solicitante vendrá obligado al pago del mismo y se encontrará garantizado según establece este Reglamento.
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