Regl. 8430, art. V
VIGENCIA:
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Cite as Reglamento Núm. 8430, Art. V
La presente enmienda entrará en vigor a los treinta (30) dÃas de su presentación ante el
Departamento de Estado, conforme a lo dispuesto en la Ley Núm. 170 de 12 de agosto
de 1988, según enmendada, conocida como "Ley de Procedimiento Administrativo
Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
Reglamento Educación Continua de la Junta Examinadora de Arquitectos y Arquitectos Paisajistas de Puerto Rico
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Aprobado en San Juan, Puerto Rico, hoy its de diciembre
de 2013.
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Arq. Pedro Alfaro Del Toro
Rivera
Miembro - Presidente
Secretario de Estado
Englisht
Antaio Carlon
Pennock Englebrigt
Arq. Psj. Gustavo Barba Nicieza
Miembro - Vice Presidente
Miembro - Secretario de Actas
Ortiz Ont Puig
Faul E Arq. Raúl Rivera Ortiz
Miembro del Interés Público-Secretaria
Miembro
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