Regl. 8438, art. VII dup2

Acuerdos de Colaboración

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Cite as Reglamento Núm. 8438, Art. VII dup2

10 A. Vigencia de convenios anteriores a la aprobación de este 11 Reglamento; cualificación del municipio. 12 (1) No será necesario enmendar los Acuerdos de Colaboración 13 (antes llamados convenios de cooperación y acuerdo mutuo) 14 vigentes a la fecha de aprobación de este Reglamento, a no ser 15 que el municipio interese añadir, modificar O eliminar las áreas 16 de trabajo comprendidas en dichos convenios. En dicho caso, el 17 municipio procederá a presentar la solicitud conforme se 18 dispone en este Reglamento. 19 (2) Todos los municipios cuyos convenios vigentes a la fecha de 20 aprobación de este Reglamento permanezcan inalterados, se 21 considerarán municipios participantes y estarán sujetos a las 22 disposiciones de este reglamento. Los municipios que interesen ( Reglamento Ley 162 (Convenios) 1-agosto-13 Página 7 1 ser cualificados como municipios certificados deberán presentar 2 una solicitud conforme se dispone en este Reglamento. 3 4 B. Contenido del Acuerdo de Colaboración 5 (1) Los Acuerdos de Colaboración otorgados con posterioridad a la 6 aprobación de este Reglamento enumerarán las competencias de 7 trabajo a ser realizadas por el municipio según aprobadas por el 8 Centro, y la cualificación como municipio participante O municipio 9 certificado. 10 (2) Los Acuerdos contendrán una cláusula expresando claramente 11 que la facultad del municipio se limita a realizar diligencias de 12 acuerdo a la Ley y reglamentos aplicables para lograr que el 13 contribuyente pague cualquier cantidad adeudada por concepto de 14 contribuciones sobre la propiedad en el lugar que el Centro determine 15 por reglamento O a través de cualquier municipio, agencia pública, 16 institución financiera O cooperativa de ahorro y crédito contratada 17 como recaudador. 18 (3) Los Acuerdos contendrán una cláusula de relevo de 19 responsabilidad a favor del Centro por las actuaciones u omisiones de 20 los empleados O contratistas del municipio en el desempeño de los 21 trabajos a realizarse de conformidad al Acuerdo, incluyendo, pero sin 22 limitarse al manejo de la información contributiva y la que se Reglamento Ley 162 (Convenios) 1-agosto-13 Página 8 1 desprende de los métodos de pago. Este relevo incluirá no solo la 2 indemnización de cualquier compensación a la que se determine que 3 las personas afectadas tienen derecho, sino también todos los gastos 4 y honorarios relacionados a la representación legal del Centro en el 5 asunto. 6 (4) Referencias a los procedimientos seguidos por el Centro para la 7 realización de las gestiones encomendadas. 8 (5) Requisitos que deberán cumplir los empleados y contratistas 9 designados por el municipio para realizar los trabajos. 10 (6) Además, el Acuerdo podrá contener cualquier otra condición 11 necesaria para mantener la integridad de los procesos y trabajos a ser 12 realizados, incluyendo, pero sin limitarse a los términos para realizar 13 depósitos en las cuentas destinadas para los recaudos, cargos 14 administrativos de instituciones bancarias por el uso de métodos 15 electrónicos para aceptar pagos, facilidades O infraestructura que 16 deberá mantener el municipio para lograr los trabajos encomendados, 17 entre otros. 18 19 C. Modificación o Disolución 20 Los convenios vigentes O los Acuerdos de Colaboración otorgados podrán ser 21 modificados O disueltos: Reglamento Ley 162 (Convenios) 1-agosto-13 Página 9 1 (1) A solicitud voluntaria del municipio luego de ser aprobada por el 2 Centro, conforme se dispone en este Reglamento. 3 (2) Por orden del Centro: 4 (a) cuando surjan cambios en la información presentada por 5 el municipio en su solicitud para el desarrollo de trabajos, 6 y dichos cambios ameriten la modificación 0 disolución; o, 7 (b) cuando mediante programas de control de calidad O 8 auditorías del Centro, se determinen irregularidades 9 mayores en la ejecución de los trabajos. 10 (3) La modificación O disolución de un convenio O Acuerdo con un 11 municipio bajo unas circunstancias particulares no limitará el que 12 dicho municipio, una vez subsanadas las deficiencias, pueda 13 nuevamente solicitar y entrar en un nuevo Acuerdo con el Centro. 14 15 16
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