Regl. 8438, art. XII
Funciones indelegables del Centro
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Cite as Reglamento Núm. 8438, Art. XII
16 Las funciones relacionadas al manejo y mantenimiento del catastro y los
17 sistemas integrados de información contributivos, manejo y distribución de las
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recaudaciones a los municipios, y la reglamentación y procesos administrativos
19 que sean propios del Centro no podrán ser delegadas en los Acuerdos de
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Reglamento Ley 162 (Convenios)
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