Regl. 8439, art. IX dup2

Procedimiento para Querellarse

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Cite as Reglamento Núm. 8439, Art. IX dup2

Cualquier solicitante de empleo 0 empleado que no esté de acuerdo con la decisión emitida por la Autoridad Nominadora y entienda que se le haya violado sus derechos por razón de su impedimento, podrá presentar una querella ante la Superintendencia Auxiliar de Responsabilidad Profesional.
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