Regl. 8451, art. 14 dup2

Seguridad del Centro de Datos del Sistema Integrado de Información de

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Cite as Reglamento Núm. 8451, Art. 14 dup2

Menores 1. El Comité Interagencial formulará los procedimientos necesarios para garantizar la debida protección del Centro de Datos y sus archivos, así como evitar el acceso sin autorización y la alteración, daño o destrucción de información o equipo en cada agencia. 2. El Comité Interagencial desarrollará un manual de adiestramiento el cual contendrá los Protocolos para el intercambio de información, los cuales serán necesarios para garantizar la seguridad de la información dentro del SIIM. Se establecerán métodos de protección para restringir el acceso a dichos datos.
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