Regl. 8451, art. 14 dup2
Seguridad del Centro de Datos del Sistema Integrado de Información de
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Cite as Reglamento Núm. 8451, Art. 14 dup2
Menores
1. El Comité Interagencial formulará los procedimientos necesarios para garantizar la
debida protección del Centro de Datos y sus archivos, asà como evitar el acceso sin
autorización y la alteración, daño o destrucción de información o equipo en cada agencia.
2. El Comité Interagencial desarrollará un manual de adiestramiento el cual contendrá los
Protocolos para el intercambio de información, los cuales serán necesarios para garantizar
la seguridad de la información dentro del SIIM. Se establecerán métodos de protección
para restringir el acceso a dichos datos.