Regl. 8451, art. 5

Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico y la seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema.

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Cite as Reglamento Núm. 8451, Art. 5

Definiciones 1. Agencias del Sistema de Justicia Juvenil aquellas agencias que forman parte del Sistema de Justicia Juvenil, las cuales incluyen la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia y el Departamento de Corrección y Rehabilitación. 2. Agencias participantes agencias que formarán parte del Sistema Integrado de Información de Menores. Se incluyen, además, a las agencias que forman parte del Sistema de Justicia Juvenil y a las siguientes vinculadas a asuntos de menores: a. La Policía de Puerto Rico; b. La Policía Municipal; C. El Departamento de Justicia; d. El Departamento de la Familia; e. La Rama Judicial; f. El Departamento de Educación; g. El Departamento de Salud; h. El Departamento de Corrección y Rehabilitación; y i. La Oficina del Comisionado de Asuntos Municipales ("OCAM") 3. Archivos conjunto de datos o información que se almacena en la memoria auxiliar del computador o documentos y formularios que contengan información relevante al SIIM. 4. Confidencialidad el derecho que tiene todo menor de edad que ha cometido una O varias faltas, por la cual es procesado y cuya identidad es incluida en el SIIM, a que se adopten las medidas necesarias para que no se divulgue, parcial 0 totalmente, la información que se mantenga sobre éste en los archivos del Sistema. De esta forma, se garantizará que se cumpla con lo dispuesto en la Ley Núm. 88. 5. Falta infracción o tentativa de infracción por un menor de las leyes penales, especiales u ordenanzas municipales de Puerto Rico, excepto las infracciones 0 tentativas que estén excluidas por disposición expresa de la Ley Núm. 88. Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico ("SIIM") y la seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema Página 3 6. Grupo de Trabajo el personal compuesto por el Director del Centro de Datos de cada componente del SIIM, el Director del Centro de Datos del Sistema y el Director Administrativo del Sistema. 7. Información 0 informes agregados información que se presentará de manera general, a modo de reporte o estadísticas globales, que no permitan la identificación particular de los menores. 8. Menor persona que no ha cumplido la edad de (18) años, o que habiéndola cumplido, sea llamada a responder por una falta cometida antes de cumplir esa fecha, según definido en la Ley Núm. 88. 9. Secretario Secretario del Departamento de Justicia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 10. Sistema Horizontal toda información electrónica suministrada por las agencias participantes a la cual tienen acceso sólo las agencias participantes, según se dispone en este Reglamento. 11. Sistema Integrado de Información de Menores ("SIIM") sistema mecanizado de intercambio confidencial de información de menores que han cometido una 0 varias faltas, por la cual han sido procesados, mediante métodos electrónicos protegidos y diseñados con el objetivo de facilitar la interacción entre las agencias del Sistema de Justicia Juvenil y otras agencias vinculadas a asuntos de menores. Mediante el SIIM las agencias podrán tomar decisiones más informadas relacionadas a la pronta identificación, control, supervisión y habilitación de los menores que incurren en faltas. 12. Sistema Vertical toda información mecanizada que es producida, operada y controlada exclusivamente por cada una de las agencias participantes para servir a sus particulares necesidades informativas. 13. Resolución cualquier determinación u orden tomada por el Tribunal de Menores bajo la Ley Núm. 88. 14. Acceso el proceso mediante el cual se obtiene información del Sistema Horizontal 0 de la red de comunicaciones a través de un terminal. 15. Seguridad todas las medidas que adopte el Comité Interagencial 0 su Presidente, el Secretario del Departamento de Justicia, para la protección de la información del Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico y su equipo físico, incluyendo el computador central, los peri ferales, los terminales y las Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico ("SIIM") y la seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema Página 4 líneas de alimentación del Sistema, para impedir que puedan perderse, dañarse, alterarse, ser mutiladas, destruidas o estar sujetas al acceso no autorizado.