Regl. 8451, art. 8 dup2
Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico y la seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema.
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Cite as Reglamento Núm. 8451, Art. 8 dup2
Límites de acceso al Sistema Integrado de Información de Menores
Las agencias participantes tendrán diferentes niveles de acceso dentro del sistema.
La información permitida será utilizada únicamente para las funciones inherentes
asignadas por ley a cada agencia. El propósito de estos niveles de acceso, los cuales
se incluyen en la tabla que a continuación se expone, es proteger el derecho a la
confidencialidad del menor. La restricción en el acceso a la información particular
por menor, se realizaría a través de tres (3) mecanismos de acceso a las agencias.
Acceso a Estadisticas e
informes agregados.
Agencia
Acceso por Caso
que no permiten
identificar los
menores
Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el
Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico ("SIIM") y la
seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema
Página 8
Campos
de
SI
información
relacionados a la
entrevista inicial,
según detallados en el
Policía de Puerto Rico
Artículo 7, Inciso la
(Policía de Puerto
Rico).
Información del
Incidente.
Otros (por petición).
Información del
SI
Incidente,
según
detallados en el
Artículo 7, Inciso la
(Policía de Puerto
Departamento de Justicia
Rico).
Información de
Movimiento del Caso
producida por el DJ.
Otros (por petición).
Campos
de
SI
información
producidos por el
Departamento de
Departamento
de
Corrección y
Corrección
y
Rehabilitación
Rehabilitación.
Todos los demás por
petición.
Campos
de
SI
información
producidos por la
Departamento de Salud,
ASSMCA.
ASSMCA
Todos los demás por
petición.
Campos
de
SI
Departamento de
información
Educación
producidos por el
Reglamento para definir el nivel de interacción de las agencias en el
Sistema Integrado de Información de Menores de Puerto Rico ("SIIM") y la
seguridad y confidencialidad de los datos a ser manejados en dicho Sistema
Página 9
Departamento
de
Educación.
Todos los demás por
petición.
Campos
de
SI
información
producidos por la
OCAM
OCAM.
Todos los demás por
petición.
a. El Comité Interagencial del Sistema Integrado de Información 0 el funcionario en
quien éste delegue, podrá autorizar la divulgación de información contenida en el
Sistema previa solicitud, oportuna y fundamentada, en las siguientes situaciones:
(1)
Funcionarios y agencias para cualquier propósito autorizado por ley,
ordenanza, orden ejecutiva, decisión u orden judicial, según interpretada por los
oficiales 0 agencias locales adecuadas. El acceso se limitará a la información
necesaria para llevar a cabo el propósito de la solicitud. Se mantendrá la
seguridad y privacidad de la información obtenida tal y como se dispone en este
Reglamento y las leyes aplicables al mismo.
(2)
Agencias federales a las cuales se autorice por ley.