Regl. 8453, art. 1-25

Plan de Clasificación

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Cite as Reglamento Núm. 8453, Art. 1-25

La administración de los recursos humanos del Centro estará orientada hacia un trato igual y justo a los(as) empleados(as) del Centro, para lo cual se establecerá un Plan de Clasificación de los puestos a base de criterios uniformes que refleje la situación de todos los puestos comprendidos en el Centro. Este plan debe ser un instrumento de trabajo adecuado y efectivo, por lo que se debe mantener al día de manera tal que en todo momento refleje los hechos y condiciones reales presentes en el inventario de puestos. El plan de clasificación de puestos contendrá las reglas para su implantación. El plan proveerá los mecanismos necesarios para que los empleados puedan solicitar una revisión de su clasificación o reclasificación. El plan de clasificación será aprobado por el/la Director (a) Ejecutivo(a) y ratificado por la Junta de Directores.
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