Regl. 8453, art. 1-25
Plan de Clasificación
Cite as Reglamento Núm. 8453, Art. 1-25
La administración de los recursos humanos del Centro estará orientada hacia un
trato igual y justo a los(as) empleados(as) del Centro, para lo cual se establecerá un
Plan de Clasificación de los puestos a base de criterios uniformes que refleje la
situación de todos los puestos comprendidos en el Centro.
Este plan debe ser un instrumento de trabajo adecuado y efectivo, por lo que se
debe mantener al dÃa de manera tal que en todo momento refleje los hechos y
condiciones reales presentes en el inventario de puestos. El plan de clasificación de
puestos contendrá las reglas para su implantación.
El plan proveerá los mecanismos necesarios para que los empleados puedan
solicitar una revisión de su clasificación o reclasificación. El plan de clasificación será
aprobado por el/la Director (a) Ejecutivo(a) y ratificado por la Junta de Directores.