Regl. 8453, art. 1-30

Clasificación de Puestos

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Cite as Reglamento Núm. 8453, Art. 1-30

El/la Director(a) de Recursos Humanos clasificará los puestos de nueva creación autorizados dentro de una de las clases comprendidas en el Plan de Clasificación, conforme a las normas y criterios que se establezcan a estos efectos. Bajo ninguna circunstancia podrá persona alguna recibir nombramiento en un puesto que no haya sido clasificado previamente. El (la) Director(a) de Recursos Humanos dispondrá los procedimientos y documentos a utilizarse en el trámite de la clasificación de los puestos tomando en consideración las disposiciones 0 procedimientos establecidos por el Centro. De igual forma, dispondrá los procedimientos y documentos a utilizarse en el trámite e implantación de la reclasificación de los puestos.
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