Regl. 8453, art. 1-64
Clasificación de los Expedientes
Cite as Reglamento Núm. 8453, Art. 1-64
Los expedientes de los/las empleados(as) se clasificarán como activos 0
inactivos. Se considerarán expedientes activos los correspondientes a
empleados(as) que se mantengan vinculados al servicio, e inactivos los
expedientes de los/las empleados(as) que se han desvinculado del servicio.