Regl. 8453, art. 1-9 dup2

Definiciones

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Cite as Reglamento Núm. 8453, Art. 1-9 dup2

Las siguientes frases O términos usados en este Reglamento tendrán el significado que se indica a continuación: 1. Acción Disciplinaria: Sanción impuesta por el Director Ejecutivo a un empleado del Centro, y que formará parte de su expediente de personal. Se consideran acciones disciplinarias: Reprimenda Escrita, Suspensión de Empleo, Suspensión de Empleo y Sueldo, y Destitución. 2. Adiestramiento: Capacitación de los empleados mediante cursos, seminarios y charlas. 3. Ascenso: Cambio de un(a) empleado(a) del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes de un puesto a otro con funciones de nivel superior para el cual se ha provisto un tipo mínimo de retribución más alto. 4. Ausencia: La no asistencia de un(a) empleado(a) a su trabajo cuando no esté disfrutando de una licencia previamente autorizada. 5. Autoridad Nominadora: Funcionario(a) con facultad legal para hacer nombramientos para puestos en el Centro, en este caso el Director (a) Ejecutivo del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 6. Centro: Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 7. Certificación de Elegibles: Proceso mediante el cual el Centro certifica, para cubrir los puestos vacantes y referir para entrevista, los nombres de los candidatos que estén en turno de certificación en el registro, en orden descendente de notas y que acepten las condiciones de empleo. 8. Cesantía: Separación del servicio de un(a) empleado(a) por falta de trabajo, fondos, por motivo de una reorganización parcial 0 total en el Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes 0 cualquier otra causa 8 ajena a la voluntad del empleado. 9. Clase o clase de puesto: Grupo de puestos cuyos deberes, índole de trabajo, autoridad y responsabilidades sean de tal modo semejantes que puedan razonablemente denominarse con el mismo título, exigirse a sus ocupantes los mismos requisitos mínimos, utilizarse las mismas pruebas de aptitud para la selección de empleados y equitativamente aplicarse la misma escala de retribución bajo condiciones de trabajo sustancialmente iguales. 10. Clasificación de puestos: La agrupación sistemática de puestos en clases similares en virtud de sus deberes y responsabilidades para darle igual tratamiento en la administración de personal. 11. Competencia: Todo conocimiento O destreza adquirida que le permita al empleado ejercer con mayor eficiencia sus funciones de manera que pueda aportar consistentemente al logro de las metas y objetivos del Centro. 12. Conducta deshonrosa: Conducta lesiva al buen nombre del Centro, o del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. 13. Convocatoria: Documento donde constará oficialmente las determinaciones en cuanto a requisitos mínimos- y el tipo de examen, y todos aquellos aspectos que son necesarios 0 conveniente divulgar para anunciar las oportunidades de ingreso a una clase de puestos, vigentes o aplicables durante cierto tiempo. 14. Deberes: Los constituyen las tareas asignadas a los puestos. 15. Descenso: Cambio de un(a) empleado(a) de un puesto en una clase a otro en otra clase con funciones de nivel inferior para el cual se haya provisto un tipo mínimo de retribución más bajo. 16. Descripción de deberes: Documento que contiene de forma clara y precisa las responsabilidades y deberes del puesto. 17. Destitución: Acción disciplinaria impuesta por el Director Ejecutivo a un empleado, la cual conlleva la separación total y absoluta del servicio, y se imparte previa formulación de cargos y vista administrativa informal. 18. Director(a) Ejecutivo(a): Director (a) Ejecutivo del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 19. Disciplina progresiva: Principio mediante el cual se tratan los problemas disciplinarios proveyéndole la oportunidad al/ a la empleado(a) de corregir y mejorar problemas en el trabajo, mientras éste(a) se encuentra en un período de observación. 20. Elegible: Persona cualificada cuyo nombre figura válidamente en el 9 registro de elegibles para fines de nombramiento. 21. Empleado(a): Persona que se encuentra ocupando una plaza en el Centro como resultado de un nombramiento 22. Empleado de Carrera: Empleado nombrado para ocupar una plaza regular de tarea completa y el cual ha aprobado de forma satisfactoria su período probatorio. 23. Empleado(a) de Carrera Probatorio(a): Personal que ha sido nombrado mediante certificación de elegibles pero sujeto a evaluaciones periódicas por un término fijo establecido en la especificación de clase antes de otorgársele 0 concederle un puesto de carrera regular. 24. Empleado(a) de Confianza: Aquel personal nombrado por el Director Ejecutivo en un puesto de libre selección y remoción en el Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes y cuyas funciones conllevan la formulación de política pública, servicios y asesoramiento directo al/ a la Director(a) Ejecutivo(a). 25. Empleado Exento: Empleado de carrera que ejercen funciones como ejecutivos, administradores, profesionales y de informática y están exentos de las disposiciones de salario mínimo y el pago de horas extras, según definido en la reglamentación federal de normas razonables del trabajo. 26. Empleado No Exento: Empleado de carrera que no ejercen funciones como ejecutivos, administradores, profesionales y de informática y no están exentos de las disposiciones de salario mínimo y el pago de horas extras, según definido en la reglamentación federal de normas razonables del trabajo. 27. Empleado(a) Transitorio:Personal nombrado mediante certificación de un registro O mediante autorización para ocupar un puesto en el servicio de carrera para realizar labores durante un período fijo. Este término también se aplica a empleados(as) nombrado(a)s en puestos temporeros. 28. Escala de Retribución: Margen retributivo que provee un tipo mínimo, uno máximo y varios niveles intermedios a fin de retribuir el nivel del trabajo que envuelve determinada clase de puestos y la adecuada y progresiva cantidad y calidad de trabajo que rindan los empleados en determinada clase de puestos. 29. Especificación de Clase: Descripción escrita y narrativa en forma genérica indicando las características preponderantes del trabajo intrínseco a uno O más puestos en términos de naturaleza, complejidad, responsabilidad, autoridad y las cualificaciones mínimas que deben poseer los/las candidatos(as) a ocupar los puestos. 30. Examen: Prueba escrita, oral, física, de ejecución, evaluación de 10 experiencias de trabajo y preparación u otros criterios objetivos utilizados para determinar que una persona está capacitada para realizar las funciones de un puesto. 31. Horas Extra:Horas trabajadas en exceso de la jornada regular de trabajo. 32. Jornada parcial de trabajo: Período de tiempo diario y semanal menor que el regular que trabajarán los/las empleados(as) del Centro. 33. Jornada Regular de Trabajo: Período de tiempo diario y semanal que trabajarán los/las empleados(as) del Centro. 34. Junta de Directores: La Junta de Directores dei Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 35. Medida Correctiva: Advertencia inicial al empleado que se hace cuando incurre en una infracción leve a las normas de conducta que se describen en este Reglamento, y que no forma parte del expediente de personal del empleado. 36. Oficina: significará la Oficina de Recursos Humanos del Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes quien estará a cargo de la tramitación y aprobación de las acciones relacionadas con la administración de los recursos humanos y de las relaciones laborales en el Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 37. Período probatorio: Término de tiempo durante el cual un empleado, al ser nombrado en un puesto está en período de adiestramiento y prueba, y sujeto a evaluaciones en el desempeño de sus deberes y funciones. Durante dicho periodo el empleado no tiene adquirido ningún derecho propietario sobre el puesto. 38. Plan de Clasificación o de valoración de puestos: Sistema mediante el cual se estudian, analizan y ordenan en forma sistemática, los diferentes puestos que integran la organización del Centro formando clases y series de clases de puestos. 39. Plan de Retribución: Sistemas adoptados mediante reglamento en los cuales se fija y administra la retribución para los servicios de carrera y de confianza acorde a este Reglamento. 40. Principio de Mérito: Concepto de que los/las empleados(as) deben ser seleccionados(as), ascendidos(as), retenidos(as) y tratado(as) con todo lo referente a su empleo sobre la base de la capacidad sin discrimen por razones de raza, color, sexo, nacimiento, edad, origen O condición social ni por sus ideas políticas 0 su religión. 41. Puesto: Conjunto de deberes y responsabilidades regularmente asignadas O delegadas por una autoridad competente y que requieran el empleo de una persona durante la jornada completa de trabajo 0 durante una jornada parcial. 11 42. Puesto de carrera o puesto regular: Aquel que tiene carácter de permanencia. 43. Reclasificación: La acción de clasificar un puesto que habia sido clasificado previamente. La reclasificación puede ser a un nivel superior, igual 0 inferior. 44. Reingreso: La reintegración O el retorno al servicio de un(a) empleado(a) de carrera después de haberse separado del mismo por cualquiera de los siguientes casos: (a) renuncia de un puesto de carrera ocupado con status regular (b) incapacidad que ha cesado; (c) eliminación de puestos; (d) separación de un puesto de confianza sin haber ejercido el derecho a reinstalación. 45. Registro 0 Registro de Elegibles: Lista de personas a ser certificadas para puestos vacantes en el Centro de Investigaciones, Educación y Servicios Médicos para la Diabetes. 46. Registro de Reingreso: Lista de personas que han sido empleados(as) regulares en una clase determinada y que son acreedoras a que sus nombres sean certificados para nombramiento en puestos de la misma clase. 47. Renuncia: Separación voluntaria y definitiva de un(a) empleado(a) del puesto que ocupa en el Centro. 48. Retiro: Separación definitiva de un(a) empleado(a) para acogerse a una pensión por motivo de edad O incapacidad, de acuerdo con las leyes vigentes. 49. Serie de Clases: Una agrupación de clases de puestos que refleja los distintos niveles jerárquicos de trabajo existentes. 50. Sueldo: Retribución mensual 0 anual asignada conforme al plan de retribución del Centro. 51. Supervisor(a): Personal que puede hacer determinaciones que afecten el status de los/las empleados(as) del Centro ya sea mediante el empleo, despido 0 la formulación de determinaciones y recomendaciones que se tomen en consideración O aquellas personas designadas para dirigir con responsabilidad a un grupo de empleados(as). 52. Suspensión de Empleo: Acción disciplinaria que implica la separación temporera del servicio sin paga, impuesta al empleado por el Director Ejecutivo, previa formulación de cargos y celebración de una vista administrativa informal. Durante el periodo de suspensión de empleo y sueldo el empleado no acumulará licencias y no recibirá ningún tipo de beneficio marginal. 53. Traslado: Cambio de un(a) empleado(a) de un puesto a otro puesto en 12 la misma clase O a un puesto en otra clase dentro del Centro, con funciones de nivel similar, para el cual se haya provisto el mismo tipo mínimo de retribución. Capítulo II: Composición del Servicio y Categorías de Empleados(as)
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