Regl. 8455, art. XXIV-III
DEFINICIONES
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Cite as Reglamento Núm. 8455, Art. XXIV-III
Para los fines de este Reglamento, a los vocablos y frases que se exponen a
continuación se les dará el significado y alcance que para cada uno se exprese:
A. Junta-
Junta Examinadora de Peritos Electricistas de Puerto
Rico.
B. Miembro-
Miembros de la Junta Examinadora de Peritos Electricista
De Puerto Rico.
C. Colegio-
Colegio de Peritos Electricistas de Puerto Rico Ley 131
D. Ley Núm. 115-
Ley Núm. 115 del 2 de junio de 1976, Según enmendada,
Que crea la Junta Examinadora De Peritos Electricistas de
Puerto Rico.
E. Aprendiz de Perito-
Persona no diestra autorizada por la Junta Examinadora de
Peritos Electricistas para trabajar bajo la supervisión de un
Perito Electricistas, Colegiado, ayudándolo y auxiliándole
en su profesión.
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F. Ayudante de Perito
Una persona diestra, autorizada por la Junta Examinadora
Electricistasde Peritos Electricistas, para trabajar bajo la supervisión,
de Perito Electricista, Colegiado, ayudándolo y en su
Profesión.
G. Perito Electricista-
Persona autorizada por la Junta Examinadora de Peritos
Electricista para ejercer la profesión.
H. Reglamento de la
Reglamento para el funcionamiento de la Junta
Junta-
Examinadora de Peritos Electricistas.
I. Reglamento de
Reglamento para el funcionamiento de la Junta Examina-
Procedimiento
dora de Peritos Electricistas de Puerto Rico.
Adjudicativo-
J. Reglamento de
Reglamento de Derechos a Pagar por Servicios de las
Derechos a Pagar-
Juntas Examinadora Adscritas al Departamento de Estado,
Según enmendado, Reglamento Numero 4660 de 6 de
Marzo de 1992.
K. Reglamento de
Reglamento de Procedimiento Uniforme Para la concesión
Procedimiento
de Licencias renovación de Licencias y Acciones similares
Uniformede las Juntas Examinadoras Adscritas al Departamento de
Estado según enmendado, Reglamento 4156 del 1deMarzo
de 1990.
L. Reglamento para
Reglamento para Uniformar los Procesos de Administración
Uniformar los
de Exámenes de las Juntas Examinadoras Adscritas al
Procesos-
Departamento de Estado Reglamento Número 6711 del
15 de Octubre de 2003.
M. Reglamento 7963
Reglamento General De Educación Continua de las Juntas
Examinadoras Adscritas al Departamento de Estado.
Reglamento Núm. 7963 del 22 de diciembre de 2010.
N. Ley Número 41-
Ley Número 41 del 5 de Agosto de 1991, según Enmendada; Ley para Regular la Relación Entre el Departamento
de Estado y las Juntas Adscritas a este:
O. Ley Número 107-
Ley Número 107 de 10 de abril de 2003, Ley Para la
Administración de Exámenes Revalida en el Estado Libre
Asociado de Puerto Rico.
P. Ley Número 170-
Ley Número 170 de 12 de agosto de 1988 según
enmenda; Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme.
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Q. Ley núm. 284-2011-
Ley para establecer que los requisitos educativos en Puerto
Rico sean medidos, acreditados, licenciados y aprobados en
créditos y en horas, por cualquier entidad u organismo
regulador O acreditador de las distintas profesiones y
oficios.
R. MayorÃa Simple-
La mitad más uno de los miembros presentes.
S. MayorÃa-absoluta-
Más de la mitad del total de los miembros.
T. MayorÃa Extraordi-
Dos terceras (2/3) partes del total de los miembros.
naria-
U. Instalación Eléctrica-
La colocación de materiales, equipos o Artefactos eléctricos realizado con el Propósito de utilizar energÃa eléctrica.
V. Procedimiento
Manual por el cual se rige la discusión y debate de los
Parlamentariotrabajos de la Junta (Reese Bothwell).