Regl. 8455, art. XXIV-VIII

DEBERES DE LOS MIEMBROS DE LA JUNTA

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Cite as Reglamento Núm. 8455, Art. XXIV-VIII

A. Asistir a todas las reuniones de la Junta con puntualidad. B. De no poder asistir a alguna reunión establecida en el calendario o reunión extraordinaria deberá excusarse por escrito y o llamada telefónica con el Presidente de la Junta en caso de no poder contactar al Presidente deberá referir el documento escrito al vicepresidente, Secretario o a los Oficiales de la Junta del Departamento de Estado Junta Examinadora de Peritos Electricistas. C. Los miembros de la Junta cumplirán con los pagos de cuota de colegiación cursos de educación continúa y el pago de Cualquier otras deudas al Colegio y/o entidades Gubernamentales 0 privadas 0 públicas. 8 D. Desempeñar los deberes asignados por el Presidente o por la Junta en pleno. E. Conocer los requisitos legales para el otorgamiento de licencias. F. Imparcialidad en la redacción y calificación de los exámenes y en todos los asuntos que sean sometidos ante su consideración. G. Cumplir con cualquier otro deber que sea necesario para el mejor funcionamiento de la Junta. H. Se establece el procedimiento de redacción y coordinación para la confección del examen teórico con los recursos disponibles por el Departamento de Estado con la aprobación previa de la Junta. 1. Cada examinador someterá un mínimo de 25 pregunta del área asignada por el Presidente de la Junta, las cuales serán discutidas y aprobadas en reunión ordinaria 0 extraordinaria por la Junta. 2. Ningún miembro de esta Junta someterá preguntas sin la debida discusión, revisión y la aprobación de los miembros de esta Junta. 3. Las preguntas serán discutidas, aprobadas por la Junta y en presencia de los miembros se Colocarán en un sobre, Pen Drive 0 documento escrito con todas las preguntas y cada uno de los miembros se asegurará de que el mismos este sellado y firmado en su exterior por cada miembro presente. 4. El sobre sellado será entregado a la corporación encargada para la preparación y administración del examen teórico con un documento de trámite. De no haber un representante de la corporación que administra el examen se le entregara a la división de exámenes del Departamento de Estado los cuales serán responsable de hacerles llegar el documento a la corporación 0 entidad. 5. La corporación que administra el examen al igual que el Departamento de Estado no recibirán ningún documento de preguntas de ningún miembro después de la entrega de preguntas a menos que el Presidente de la Junta Examinadora de Peritos Electricistas autorice a que se reciba el documento, esta certificación deberá ser por escrito. I. La Junta aprobará los resultados de examen práctico luego de finalizar el mismo en cada revalida que se lleve a cabo. J. Se establece el procedimiento de corrección de los exámenes brindados por la Junta. 9 K- El Departamento de Estado, con la aprobación de la Junta, utilizará los servicios externos de alguna corporación psicométrica para la preparación y administración del examen teórico.
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