Regl. 8460, art. 5-6

Reglamento y Normas Generales para el Alquiler, Concesión y Uso de las Instalaciones del Baleario Playa Flamenco de Culebra y su Area de Acampar

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Cite as Reglamento Núm. 8460, Art. 5-6

NORMAS DE USO DEL BALNEARIO PLAYA FLAMENCO Y SU AREA DE ACAMPAR 1. Los usuarios del área de acampar proveerán el equipo necesario para su estadía incluyendo casetas, equipos de cocina, efectos personales y de primera ayuda. En el caso de que el 0 los usuario(s) no vayan a utilizar casetas para acampar (y utilicen hamacas, "sleeping bags" o algo similar) deberán pagar por el área donde se establecerán para acampar igual precio que el establecido para los que si vayan a utilizar casetas. Véase la Solicitud para Acampar Balneario Playa Flamenco para precios. 7 2. En el balneario hay un área para concesionarios independientes que alquilan casetas de acampar, equipo de playa y venden comida, artículos de primera necesidad y para la playa. Se exhorta a los visitantes del Balneario de Culebra a que patrocinen estos negocios. 3. Sólo se permite acampar en el área designada e identificada para esos propósitos. 4. Con el propósito de proteger la vida silvestre y vegetal del balneario no se permitirán las siguientes actividades: -Perturbar, molestar o hacer daño a la vida silvestre de Culebra. -El corte de árboles o de cualquier tipo de vegetación. -Fogatas fuera de los fogones preparados para esos propósitos. -Enterrar basura en ninguna parte del balneario. -Utilizar luces en la playa ya que pueden desorientar a las tortugas marinas. -Invadir las áreas identificada y acordonadas como nidos de tortugas. -Arrojar basura fuera de los zafacones del balneario. -Disponer de carbón fuera del área designada. 5. Para garantizar la seguridad, tranquilidad y disfrute de todos los visitantes, en el área del balneario no se permitirá: -Envases de cristal (se confiscará cualquier envase de cristal). -Utilizar vehículos de motor de ningún tipo de orilla de la playa. -Volumen excesivo de equipo de sonido. -Falta de silencio después de las 11:00 pm. -Conducta desordenada, palabras ofensivas 0 desnudez. 8 -Armas de fuego, con excepción de los agentes del orden público. -Animales, con excepción de perros guías o de la Policía. -Dormir en la orilla de la playa. -Uso excesivo de bebidas alcohólicas. -Generadores eléctricos, ni extensiones de energía eléctrica.
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