Regl. 8462, art. 1.5

Aplicabilidad

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Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 1.5

Este Reglamento es de aplicación a toda persona natural 0 jurídica que interese ofrecer sus bienes 0 servicios a la Oficina del Contralor Electoral y participe en los procedimientos de 1 adquisición, compra 0 arrendamiento necesarios para la realización del proceso de compras y subastas formales. De igual forma, este Reglamento aplica a todo empleado que intervenga en este tipo de procesos.
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