Regl. 8462, art. 2.12

Fianzas y garantías

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Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 2.12

Todas las fianzas y garantías que reciba la Junta de Subastas como parte del proceso de las subastas finales se entregan a la Oficina de Administración y Recursos Humanos para su custodia y eventual disposición conforme se establece en este Reglamento. La Oficina de Administración y Recursos Humanos mantendrá un registro de las fianzas y garantías recibidas como medida de control sobre las mismas.
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