Regl. 8462, art. 2.6

Designación de asesores

Length: 64 wordsOfficial source

Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 2.6

El Contralor electoral podrá asignar asesores técnicos a la Junta de Subastas para aquellas subastas que, por la complejidad o naturaleza del bien o servicio a ser adquirido, como en el caso de tecnología, aplicaciones computadorizadas, mejoras a la planta física, entre otros, requiera un asesoramiento técnico a la Junta. El asesor técnico podrá ser un funcionario de la OCE 0 un asesor externo.
Regl. 8462, art. 2.6: Designación de asesores | Justis AI