Regl. 8462, art. 4.3
Tipos de oferta
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Cite as Reglamento Núm. 8462, Art. 4.3
La Junta de Subastas decidirá aceptar 0 rechazar varios tipos de ofertas que podrán someter los
licitadores, las cuales se mencionan a continuación:
1. Oferta básica: Constituirá aquella en la cual los licitadores anotarán el precio unitario de
cada una de las partidas 0 renglones por la cual desean cotizar. Si el licitador anota
precios por unidad en unas partidas y lo omite en otras, se entenderá que interesa hacer
ofertas sólo en aquellas partidas para las cuales hace la oferta básica. El licitador debe
señalar por escrito las partidas para las cuales no interesa hacer cotización. No se
aceptarán licitaciones en las cuales no se haya hecho una oferta básica para cada
partida que se cotiza.
2. Oferta alterna: Un licitador podrá someter una oferta principal y una 0 varias alternas
para bienes o servicios no profesionales de distintos precios, cualidades o categorÃas
cuando estas hayan sido solicitadas en los pliegos de especificaciones y se les haya
brindado la misma oportunidad a los demás licitadores. El hecho de que se soliciten
ofertas alternas no obliga a la Junta de Subastas a aceptarlas, aunque estas sean más
bajas en precio que la oferta principal, si se entiende que no conviene a la Oficina del
Contralor Electoral.
3. Oferta "Todo o Nada": Además de la oferta básica, será admisible una oferta a base de
"todo o nada". Consiste de una oferta de un precio más bajo para un grupo de partidas
0 renglones, sujeta a la condición de que todas sean adjudicadas al licitador. Este puede
anotar el precio total rebajado o el por ciento de rebaja al lado de cada partida,
indicando la frase "todo 0 nada".
4. Oferta precio global: En sustitución de las ofertas sobre la base "todo o nada", será
admisible que los licitadores coticen a base de precio global ("Lump Sum"). El licitador
anotará al lado de la suma de los renglones para los cuales ha cotizado, una cifra
rebajada o señalará un por ciento de descuento.
5. Varias ofertas por un mismo licitador: Una empresa comercial no podrá someter varias
ofertas para una subasta, ya sea a nombre propio, de alguna de sus subsidiarias o
sucursales, de algunos 0 varios de sus socios, agentes, oficiales y entidades a que estos
pertenezcan porque se declararán nulas todas y cada una de las ofertas.
6. Ofertas de precios estimados: No se aceptarán ofertas de precios estimados que puedan
variar luego en la facturación, a menos que en la invitación a subasta se haya incluido
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una disposición 0 cláusula estableciendo las condiciones en que se aceptarán cambios
en precios, una vez adjudicada la subasta.
7. Ofertas que no cumplan con las especificaciones: La Junta de Subastas no considerará
las ofertas que añadan 0 eliminen especificaciones 0 condiciones requeridas en la
invitación a subasta, o que las alteren, modifiquen 0 varÃen. Tampoco se considerarán
las ofertas que contengan frases, párrafos 0 comentarios ambiguos, incompletos,
indefinidos o que resten certeza a la cotización. Como excepción, se aceptarán aquellas
desviaciones mÃnimas que no alteren el concepto básico de la especificación, la
condición o el término de la invitación a subasta, únicamente si ningún suplidor ha
ofrecido un bien 0 servicio personal que cumpla con las especificaciones y los términos
requeridos.